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20 de marzo de 1857. Circular disponiendo que se inutilicen los sellos de franqueo en las Administraciones de destino cuando no lo hayan sido en las de procedencia. Dirección general de Correos. Cuidará V. muy particularmente de inutilizar los sellos de franqueo en las cartas que vayan a parar a esa Administración, cuando no lo hayan verificado, como deben, las de su procedencia. De esta órden dará V. el debido conocimiento a sus subalternas. Dios guarde a V. muchos años. Madrid 20 de Marzo de 1857. Luis Manresa. |
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